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Como parte del proceso de compra de fertilizantes en el mercado internacional, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través del programa AGRO RURAL, aprobó los lineamientos para la contratación de bienes y servicios con proveedores no domiciliados en el país.

La resolución se sustenta en la aplicación del literal f) del artículo 5 de la Ley No. 30225 Ley de Contrataciones del Estado en el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRO RURAL) – adscrito al MIDAGRI- la misma que forma parte de la presente resolución.

Del mismo modo, se dispone que la Unidad de Administración y la Sub Unidad de abastecimiento difunda los lineamientos aprobados a todas las unidades y Sub Unidades del programa AGRO RURAL.

En los fundamentos de la presente resolución se señala la necesidad de dotar de un mecanismo procedimental a AGRO RURAL, a fin de coadyuvar a una mayor eficiencia en las contrataciones con proveedores no domiciliados en el Perú, así como homogenizar los procesos que garanticen la transparencia, eficiencia y eficacia en el uso de los recursos de la entidad.

La medida también busca maximizar el valor de los recursos institucionales y promover la actuación de AGRO RURAL, bajo un enfoque de gestión por resultados en las contrataciones de bienes y servicios, de tal manera, que estas actúen de manera oportuna y bajo las mejores condiciones de precio, calidad  y entrega, garantizando el cumplimiento de metas y objetivos del sector.

Como se sabe, la semana pasada, el Gobierno aprobó el Decreto de Urgencia No. 013-2033, que asignó al MIDAGRI la suma de S/ 348 millones para adquirir en el mercado exterior fertilizante nitrogenado (urea), a favor de los productores agrarios menos favorecidos, cuyo monto incluye gastos operativos en la distribución para agricultores que conduzcan unidades agropecuarias de hasta cinco hectáreas.